Punto por punto, todo lo que necesitás saber sobre la nueva Ley de Alquileres

Se aprobó este jueves en el Senado.
jueves, 11 de junio de 2020 · 23:31

El Senado aprobó este jueves la nueva Ley de alquileres, que establece una serie de cambios importantes con respecto a la legislación en vigencia y que, además, brinda mayores beneficios a los inquilinos y evita a su vez los contratos informales.

En uno de los artículos más destacado de la Ley se impone que, a partir de su promulgación -se espera que el Poder Ejecutivo lo haga a la brevedad-, los contratos de alquiler pasen a ser de 3 años, en vez de 2, como era hasta el momento.

Además, los propietarios ya no podrán actualizar el valor del alquiler de forma semestral, sino que deberán hacerlo cada 12 meses.

Al respecto, la nueva Ley de Alquileres dispone que los aumentos deberán analizarse tomando como referencia al Índice de Precios al Consumidor y al de los Salarios.

Sumado a esto, la Ley le impone otro límite a los propietarios al estipular que solo podrán exigir como depósito de garantía el equivalente a un solo mes de alquiler, e incluso determina que el inquilino solo debe hacer frente a la expensas ordinarias, mientras que las extraordinarias deberán correr por cuenta del locador.

En tanto, en el artículo referido a las garantías, la Ley de Alquileres dispone que el inquilino podrá presentar una garantía propietaria o un seguro de caución, un aval bancario, un recibo de sueldo, o una garantía de fianza.

Por último, aunque aún resta que la AFIP defina el marco regulador, esta Ley dispone que todos los contratos de locación deberán "ser declarados por el locador".

Con esto se evitarán los contratos informales y se propiciará la creación de un registro de alquileres que, entre otras cosas, evitará la existencia de contratos "truchos" y acelerará los trámites de desalojo.