La Comisión Nacional de Valores estableció un reordenamiento del mercado de capitales

Dispuso una serie de medidas para evitar restricciones al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera.
lunes, 22 de junio de 2020 · 10:13

A través de la Resolución General 843/2020, la Comisión Nacional de Valores (CNV) determinó una serie de medidas para realizar un “reordenamiento del mercado local”. 

Frente a la pandemia de coronavirus y su impacto en el país, el ente expresó la necesidad de adoptar acciones “extraordinarias” para asegurar el correcto funcionamiento de la economía y sostener los niveles de actividad y empleo

De acuerdo a la medida asumida por el organismo regulador del Mercado de Capitales argentino, en sus operaciones para cartera propia "los agentes inscriptos deberán netear diariamente sus compras y ventas de valores negociables en el mercado local con liquidación en cable, con aquellas compras y ventas de valores negociables en mercados del exterior”. 

“Si alguna posición diaria quedara desbalanceada, ese desfasaje se podrá compensar en fechas posteriores debiendo llegar al final del período semanal con una posición nula, o compradora neta”, explicó la CNV

Para evitar las restricciones al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y prácticas elusivas, desde la llegada del coronavirus, la CNV implementó diferentes tareas de control y monitoreo para verificar las operaciones dentro del ámbito de la compra-venta de Valores Negociables. Al respecto, el presidente del ente, Adrián Cosentino, indicó que se trata de “medidas necesarias para la estabilidad agregada”. 

"Las disposiciones de ordenamiento de la actividad de trading de bonos constituye una práctica común de todo regulador responsable, compatibilizando el desarrollo del mercado con la solidez sistémica, acorde con la dinámica económica", detalló el directivo. 

Asimismo, el organismo señaló que “se dispuso un plazo mínimo de tenencia de 5 días hábiles para que los Valores Negociables provenientes de depositarias del exterior y acreditados en el custodio local puedan ser aplicados a la liquidación de operaciones en moneda extranjera”. 

Cosentino agregó que en este contexto, “los reguladores deben asumir una actitud de máxima rigurosidad y de pleno pragmatismo en la constante tarea de calibrado normativo, con relación a cómo se desenvuelve la actividad de intermediación financiera tanto bancaria como la que compete al mercado de capitales”.