SOCIEDAD

Rechazaron el pedido de sobreseimiento de Alberto Fernández por la fiesta de Olivos

La opinión del fiscal sobre la causa de Alberto Fernández, influyó directamente en la decisión del juez.
miércoles, 1 de diciembre de 2021 · 17:30

El presidente Alberto Fernández pidió que se lo sobreseyera en la causa por la fiesta de cumpleaños de su pareja, Fabiola Yañez, por inexistencia de delito, pero el juez a cargo de tomar la decisión rechazó el pedido.

El exjefe de Gabinete de Ministros de la Nación se representó a él mismo en la causa, pero el juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli, no acató lo solicitado por Alberto Fernández.

Las fotos se filtraron de forma anónima a mitad de este año, cuando la fiesta fue a mediados de 2020

En el escrito que realizó en su momento, Alberto Fernández redactó que jamás violó el decreto que había firmado durante el proceso de aislamiento social, preventivo y obligatorio, el cual evitaba la propagación masiva de coronavirus.

“A la luz del hecho denunciado que interesa para esta incidencia y la normativa aplicable, concluyo que corresponde rechazar la excepción por falta de acción deducida por el Dr. Alberto Ángel Fernández, a la cual adhirieron Stefanía Domínguez, Carolina Marafiotti, Rocío Fernández Peruilh, Florencia Fernández Peruilh y Severina Sofía Elizabeth Pacchi”, sostuvo Mirabelli.

Alberto Fernández entregó la totalidad de las fotos a los medios para acabar con el tema de una vez por todas

De acuerdo a lo escrito por el jefe de Estado, en el caso de que se rechazara su sobreseimiento, cosa que pasó, el donaría su sueldo durante cuatro meses al Instituto Malbrán, lo que llevaría a que se cierre la causa como una conciliación penal.

 

El planteo anterior de Fernández

En agosto de este año, el presidente Alberto Fernández argumentó que lo sucedido en Olivos no era un delito, por lo que pedía su sobreseimiento: “Como consecuencia de lo expuesto, se haga lugar a la excepción de falta de acción por manifiesta atipicidad y, como consecuencia de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto”.

La causa se tramitó en los tribunales de Comodoro Py y luego pasó a la justicia federal de San Isidro

“La doctrina nacional resulta conteste a la hora de afirmar que la excepción por falta de acción fundada en la ausencia de delito solo es viable, cuando surge en forma manifiesta la falta de adecuación típica del hecho incriminado”, contestó en su momento el fiscal de la causa, Eduardo Domínguez.