Economía

Aguinaldo: cuándo se cobra y cómo se calcula

Trabajadores registrados del sector público y privado, como así también jubilados y pensionados, recibirán este beneficio.
viernes, 20 de mayo de 2022 · 11:18

El SAC (Sueldo Anual Complementario), mejor conocido como aguinaldo, se divide en dos y se paga el primero en junio y el siguiente en el mes de diciembre. En este sentido, de cara al sexto mes del año se espera que en las próximas semanas se acredite la primera cuota tanto a los trabajadores registrados del sector público y privado, como así también a pensionados y jubilados.

De acuerdo con lo establecido, mmedio aguinaldo corresponde al 50 % de la mayor remuneración mensual que fue percibida por los trabajadores en los semestres. Además, según lo estipulado en la Ley 27.073, el pago del primer SAC de este año se abonará, como máximo, en la última jornada laboral del próximo mes.

Los jubilados y pensionados cobrarán el aguinaldo a fines de junio.

Es decir que el aguinaldo se deberá cobrar hasta el 30 de junio. No obstante, el plazo para el pago del medio sueldo a los trabajadores podría extenderse hasta por cuatro días hábiles. Es por esta razón que el plazo se extendería, como máximo, hasta el 6 de julio.

En cambio, en el caso del segundo importe, se espera que este se cobre, como máximo, hasta el 18 de diciembre, con una máxima tolerancia de cuatro días hábiles.

La ANSES es la encargada de acreditar los pagos a los jubilados y pensionados.

 

Cómo se calcula el aguinaldo

Es importante destacar que para poder calcular el aguinaldo es necesario tomar el 50 % de la mayor remuneración mensual percibida, tanto del sueldo básico, horas extras y cualquier otro extra percibido, dentro de los dos semestres que culminan en junio y en diciembre de este año.

En el aguinaldo también deben contemplarse los extras percibidos.

Por lo tanto, los dos se calculan sobre los seis meses anteriores. Esto implica que el medio sueldo de junio se calcula con base en el salario percibido de enero a julio y de este al último mes del año. En el caso de que el trabajador no haya trabajado todos los meses se le deberá pagar el monto proporcional a los meses en que llevó adelante la actividad.