Villa La Angostura

Según un juez de Villa La Angostura, necesitar una casa no justifica la usurpación

El magistrado condenó a una pareja que tomó un terreno en Villa La Angostura.
jueves, 30 de septiembre de 2021 · 11:33

El juez Nazareno Eulogio condenó a una familia que ocupó un lote en Villa La Angostura porque consideró que la necesidad de tener una vivienda no justifica la usurpación de terrenos destinados a la construcción.

El fiscal de la causa también acordó la sentencia de un hombre que cometió delitos durante un acto de usurpación en Villa La Angostura.

“No desconozco con esto que los imputados puedan tener una necesidad habitacional, lo que afirmo es que tener una necesidad habitacional no los coloca de por sí en un estado de necesidad tal que justifique el hecho de tomar una propiedad ajena”, sostuvo el magistrado sobre la pareja de Villa La Angostura. El juez declaró culpables a Pablo Serpa Santana y a su pareja, Maira Yanina González, como “coautores penalmente responsables por la usurpación, en 2020, de un terreno que había sido adjudicado por el IPVU a una mujer” de la localidad neuquina.

Según un portal de Villa La Angostura, Eulogio dictó la sentencia el pasado 16 de septiembre, pero todavía falta el juicio de cesura para determinar la pena que recaerá sobre la pareja que usurpó el terreno en octubre del año pasado.

 

Argumentos del juez

De acuerdo con la sentencia, a la que tuvo acceso La Angostura Digital, la dueña del terreno demostró que salió adjudicada en 2013 del sorteo municipal de territorios para la construcción de viviendas del IPVU.

Según el juez, la pareja sabía que el terreno tenía adjudicatario. El fiscal Adrián De Lillo aseguró que el 4 de octubre de 2020 “mediante clandestinidad, ambos imputados, aprovechando la ausencia de la poseedora quien tenía derecho a oponerse, invadieron el terreno, el cual desde ese momento ocuparon en forma continua y permanente, construyendo una casa precaria”.

La coordinadora Técnica de la Secretaría de Desarrollo Social se presentó como testigo en la causa.

“Es por ello que no resulta un dato relevante la necesidad del poseedor usurpado de tener vivienda, más allá de que en este caso también resultó acreditada. Lo que realmente es relevante es si ante una necesidad alegada y probada, no había otras formas de proceder por parte de los imputados sin lesionar bienes jurídicos protegidos”, planteó Eulogio.

Por ello, entiendo que en este caso no se acreditó el estado de necesidad justificante que nombró la Defensa. Y hubo, sí, prueba de la Fiscalía que despejó cualquier duda que pudiera existir al respecto: había forma de evitar la producción del mal a través de las ayudas estatales explicadas por los funcionarios municipales”, continuó.

“Por qué digo esto: si bien quedó probado que Serpa y González tienen hijos pequeños, y que estaban en un estado de vulnerabilidad, lo que aquí se acreditó es que podían actuar de otro modo”, completó el juez de Villa La Angostura.