Neuquén

Nuevo reglamento para uso, circulación y permanencia de casillas rodantes o motorhome en PN

Parques Nacionales fijó normas de conducta, prohibiciones y sanciones que podrían superar los 400 mil pesos, en las áreas de injerencia de la institución.
lunes, 5 de diciembre de 2022 · 06:20

Desde el sábado 3 de diciembre está prohibido “acampar, pernoctar, estacionar y/o permanecer en lugares no autorizados o habilitados” para vehículos tipo casillas rodantes o motorhome, en las áreas de Parques Nacionales (PN). Para quienes trasgredan el nuevo reglamento de uso, circulación y permanencia en sus jurisdicciones, deberán abonar multas de hasta 400 mil pesos.

La advertencia se describe en el artículo 6 del reglamento difundido por la Intendencia del parque Nahuel Huapi, con injerencia en Bariloche, Villa La Angostura y la región cordillerana. Las infracciones se cuantifican según montos del “derecho de acceso general del Parque Nacional Iguazú”, el cual tiene un valor de cuatro mil pesos por persona.

Las infracciones se cuantifican con montos equivalentes al “derecho de acceso general del Parque Nacional Iguazú” Fuente: (Facebook).

De acuerdo al tarifario vigente de ese parque, en base al valor de ingreso, se deben considerar las multas a criterio, que “serán aplicadas de acuerdo con la gravedad de la infracción”. Entre las restricciones, se indicó que está prohibido derramar aguas residuales en cursos de agua naturales como ríos, arroyos, lagos, o a la vera de rutas o banquinas, además se restringe el uso de esta agua limpia para lavar vehículos y tanques.

Se prohíbe circular fuera de caminos autorizados para el uso público, de las casillas rodantes o motorhome; realizar reparaciones o carga de combustible dentro de la jurisdicción del área protegida de PN y deteriorar o afectar el ambiente ya sea por acción, omisión, descuido o negligencia.

El valor del ingreso general al Parque Nacional Iguazú es de 4 mil pesos y de allí se consideran las multas. Fuente: (Facebook).

Se aclaró que tampoco puede realizarse fuego en lugares no permitidos, no debe excederse de días de pernocte habilitados, no puede usarse grupos electrógenos y también recuerda que se encuentra prohibido el ingreso de perros o mascotas a sus demarcaciones, excepto quienes estén autorizados como acompañantes de personas no videntes o con discapacidad.

 

El valor de las infracciones

El equipo directivo de Parques Nacionales detalló que las infracciones tienen montos que van desde el mínimo, que son 12 mil pesos, equivalente a 3 “derechos de acceso”, hasta 20 ingresos que equivalen a 80 mil pesos.

En caso de reincidencia, el mínimo de multa es equivalente al valor de 20 “derechos de acceso”, mientras que el máximo es igual a 100 ingresos, es decir 400 mil pesos.